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Universidad pública y atención a la violencia de género /Briseño y Bernabé/ 15-22 21
fin de alcanzar la solución a la controversia. La situaciones críticas o conflictivas y técnicas de
persona mediadora propiciará la comunicación y negociación (Universidad Autónoma de Sinaloa,
el entendimiento mutuo entre las partes (UNAM, 2012, p. 26).
2016, p. 5).
El procedimiento para la atención de quejas contra
Este instrumento de mediación puede ser considerado discriminación, acoso y hostigamiento sexual o laboral
por la víctima en casos “no graves” o donde no se haya de la Universidad de Quintana Roo está únicamente
llegado a la violencia física; el cual enciende el debate, dirigido al personal docente y administrativo de la
pues se prevé que la víctima pueda ser obligada a institución y opera a través de un buzón de quejas que
acudir a esta vía de resolución. se abre cada jueves y se tienen cinco días hábiles para
Ante esta medida en el 2018 estudiantes y la resolución de las quejas, según se entiende se integra
académicas de posgrado de la UNAM hicieron un un subcomité de hechos que da seguimiento a la queja.
llamado a las autoridades universitarias para realizar Este mecanismo define diferentes niveles de
modificaciones al protocolo y ser más precisos en las violencia y la universidad podrá establecer una sanción
sanciones hacia los agresores, también solicitaron (no especificada) en los casos de violencia leve o
que los procesos de denuncia sean más ágiles y moderada y en los graves se orienta a la víctima para
que asegurare la no revictimización de la persona interponer denuncia penal en el Ministerio Público
denunciante. correspondiente. Es interesante de este procedimiento
Por su parte, en el protocolo de Sinaloa se define que una vez que el subcomité de hechos emite un
el nivel de las agresiones de baja, media, alta y muy dictamen el caso se da por resuelto, excepto en
alta gravedad, e indica que de gravedad leve o media aquellos en que “se presuma que el quejoso se condujo
se solucionarán a través de la vía de la conciliación, con dolo por conducirse con falsedad o pruebas falsas”;
con la finalidad de que las partes puedan llegar a una es decir, la investigación puede revertirse contra la
vía de solución favorable, lo cual también ha dejado persona denunciante.
abierta la incertidumbre de las mujeres denunciantes, A su vez, el protocolo de atención de la Universidad
pues al no ser considerada de gravedad la agresión se de Guanajuato describe las características de atención
deja a la víctima en la indefensión y con la posibilidad a una víctima de violencia, con lo que se trata de evitar
de continuar conviviendo con el agresor en el espacio la revictimización o culpabilización de la persona
universitario, sin que se establezca algún tipo de que requiere atención. Sin embargo, no establece
restricción o sanción. sanciones, solamente refiere instancias dentro de la
Aunque se establece en el protocolo de la Universidad universidad a las que puede ser remitido el caso una
de Sinaloa que quienes integren la Comisión para la vez que se comienza el seguimiento.
Intervención en los casos de hostigamiento y acoso En este protocolo se establecen medidas de
sexual deben tener una capacitación comprobada en protección de la víctima, las cuales consisten
temas de hostigamiento y acoso, no es en ese tema fundamentalmente en cambios y estrategias que
ni tampoco en el de género en el cual deben tener la víctima debe considerar para evitar ser agredida
capacitación permanente, pues se lee: nuevamente, como cambios en sus rutinas, cambios de
turno o salón, no acudir a los lugares que acostumbra,
Los integrantes de la Comisión deberán obtener evitar ir sola, etcétera. Pero no menciona las sanciones
capacitación permanente en materia de formas o las medidas en contra del agresor, lo cual es una
alternativas de solución de conflictos, manejo de debilidad de este mecanismo.
Tequio, vol. 2, no. 5, enero-abril, 2019