Page 35 - tequio 5_web_cambio
P. 35
Acoso y hostigamiento sexual /Echeverría, Evia y Carrillo/ 24-35 33
privada, particulares y no se consideran como características distintivas, sí hay consciencia de
relevantes, dignos de la atención de la universidad. que algunos comportamientos son inapropiados
En la minoría de las entrevistas expresaron que la o inadecuados y que pueden afectar seriamente
atención de estos casos se brinda de acuerdo con a la víctima de acoso o de hostigamiento sexual.
los reglamentos universitarios, pero nunca lograron En ese sentido, es necesario que en la comunidad
señalar con precisión algún documento. universitaria haya iniciativas dirigidas a informar al
respecto, de tal forma que puedan distinguirlos en
Conclusiones su vida cotidiana. Cabe destacar que lo que define si
De acuerdo con el análisis presentando, las es hostigamiento o es acoso sexual no es la levedad
directivas y directivos de la UADY a los que o gravedad de las conductas, debido a que ambos
se entrevistó tienen una idea confusa sobre presentan un continuo de connotación sexual que
hostigamiento y acoso sexual, lo que conduce a que van desde leves hasta los graves; tampoco lo va
no haya una diferenciación clara de estas acciones a determinar la frecuencia, pues en ambos basta
y en ocasiones las perciban como si se tratase de con que haya ocurrido en una sola ocasión y que la
situaciones iguales, o bien, con diferencias que no víctima se haya sentido en estado de indefensión
están conceptualmente definidas. o de incomodidad para que pueda ser considerado
La falta de claridad y conciencia de la hostigamiento o acoso sexual, lo que va a indicar si
conceptualización de las conductas de acoso y es hostigamiento sexual es que se haya presentado
hostigamiento sexual propicia al menos cuatro en el ámbito laboral o escolar, y que haya una
situaciones: 1) que ciertos comportamientos de relación de subordinación real entre el agresor y la
acoso u hostigamiento sexual leves se consideren víctima, además de las circunstancias mencionadas
como normales; 2) que no sepan la diferencia entre con anterioridad y lo que va a definir si es acoso
acoso y hostigamiento, y no se tenga la capacidad sexual es que suceda en una relación de pares y que
de identificar sus manifestaciones; 3) que no se haya un ejercicio abusivo del poder.
reconozca que cualquier persona de su contexto o En cuanto a la presencia y visibilidad del acoso
de la comunidad universitaria puede ser víctima de y el hostigamiento sexual en la universidad, es
acoso y hostigamiento; y 4) que cualquier persona indispensable que las instituciones de educación
dentro de la comunidad universitaria puede ser superior fijen su posición frente a este tipo de
agresor/a, aunque se hace mayor énfasis en la hechos y las expectativas sobre las formas de
figura masculina. actuación. Lo anterior, debido a que durante las
Igualmente, esa falta de claridad de los conceptos entrevistas al personal directivo éste siempre
influye en el medio universitario para determinar y mostró una postura “políticamente correcta”, al
establecer medidas que se tomarían con respecto no evidenciar que la institución tal vez carezca de
a la prevención, atención y sanción de situaciones mecanismos de atención y prevención, o porque en
de acoso y hostigamiento sexual. Asimismo, al no ocasiones anteriores ha habido casos que es mejor
identificar fácilmente dichos comportamientos, no recordar. Como ente público, la universidad no
pueden normalizarse ciertas conductas, las cuales puede no posicionarse ante el acoso y hostigamiento;
llegan a justificarse, lo que agrava el problema es necesario que salvaguarde la integridad, en
(Tronco, Ocaña y Peralta, 2011). el sentido más amplio de la palabra, de toda su
Un aspecto alentador es que si bien no se comunidad, es parte de su responsabilidad con las
tiene clara la diferencia entre los fenómenos y sus personas y la sociedad.
Tequio, vol. 2, no. 5, enero-abril, 2019