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45     La prohibición de la tortura,derecho humanitario/Morales-Toledo/36-46






                   Si bien el propósito central es que la tortura no  Conclusiones
                ocurra  y  se  implementen  las  medidas  necesarias   Es indispensable atender a los instrumentos
                para prevenirla, su existencia misma exige la   internacionales en materia de tortura y otros tratos o
                adopción de providencias tendientes a garantizar   penas crueles, inhumanos o degradantes, como son:
                que cuando no haya podido evitarse, se disponga
                de los mecanismos adecuados para investigarla    •   La Convención contra la tortura y otros tratos o
                y sancionarla; objetivos ambos  que ameritan         penas crueles, inhumanos o degradantes.
                una documentación profesional de los hechos      •   El  Protocolo  facultativo  de la convención
                delictivos. Es irrefutable que de la correcta        contra la tortura y otros tratos o penas crueles,
                documentación del abuso depende, en gran             inhumanos o degradantes.
                medida, la  posibilidad de  identificar  y romper  los   •   La Convención Interamericana para Prevenir y
                incentivos  de  diversa  índole  aún  existentes  para   Sancionar la Tortura.
                torturar y violentar la integridad de la persona. La   •   La Declaración sobre la protección de todas
                documentación científica y técnica sirve, además,    las personas contra la tortura y otros tratos o
                para acreditar la comisión de la actuación ilícita   penas crueles, inhumanos o degradantes.
                dentro de los procedimientos legales y contribuye   •   Principios relativos a la investigación y
                a romper el manto de impunidad que rodea a tan       documentación eficaces de  la  tortura  y
                hiriente conducta, donde la integridad de mujeres    otros tratos o penas crueles, inhumanos o
                y hombres resulta gravemente lesionada (Oficina      degradantes.
                en México del  Alto  Comisionado de las  Naciones
                Unidas para los Derechos Humanos, 2007, p. 6).  Las indagaciones por estos actos debieran ameritar
                   Actualmente se continúa con la capacitación   la apertura de expedientes distintos respecto de la
                a peritos oficiales del área médica, psicológica   denuncia, sin relacionarlos con el delito cometido, que
                y trabajo social para la investigación bajo los   representa una supuesta responsabilidad de haber
                lineamientos del Protocolo de Estambul y se    infringido una norma social. Asimismo, la investigación
                están atendiendo las demandas de indagación    debe realizarla un equipo multidisciplinario formado
                de casos de tortura, tratos crueles, inhumanos   por profesionales en las áreas médica, psicológica,
                o degradantes, sirviendo como auxiliares de la   trabajo social y, por supuesto, por los/as abogados/as
                autoridad jurisdiccional. Empero, hay una gran   que solicitan la averiguación de los actos de tortura y
                tarea por hacer en la cuestión preventiva, para   otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes
                atender e investigar los actos que vulneran la   denunciados.
                condición humana. Por tanto, es importante        Una vez hecha la investigación y documentación
                enfocarse  en brindar información  y capacitación   por las áreas correspondientes,  apegadas a los
                a quienes entran en contacto directo con quienes   lineamientos del Protocolo de Estambul, los
                han cometido un delito para darles un trato digno,   resultados deben ser emitidos en un dictamen con
                cualquiera que sea la condición que amerite su   las especificaciones necesarias, con el propósito que
                aprehensión, para permitir que la ley se establezca   de resultar casos positivos a tortura y otros tratos
                de la forma correspondiente, seguir evolucionando   o penas crueles, inhumanos o degradantes, se dé el
                en su aplicación y no provocar retrocesos en la   seguimiento pertinente por parte de las instancias
                impartición de justicia, favoreciendo a que la misma   que buscan salvaguardar los derechos humanos, para
                trascienda en nuestro país.                    los fines legales a que haya lugar.




                                             Tequio, septiembre-diciembre 2020, vol. 4, no. 10
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