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Guía tecnológica de protocolo de primer respondiente /Becerra-González/18-24 20
Usuarios de teléfono celular por entidad federativa, 2017 y 2018
Promedio nacional 2018: 73.5%
Promedio nacional 2017: 72.2%
Nota: Calculado como porcentaje respecto de la población de seis años y más de cada entidad.
La actuación e intervención policial bajo de Detenciones conforme a las disposiciones
lineamientos del protocolo de actuación aplicables” (Congreso de la Unión, 2009, p. 22); así
de primer respondiente en el Sistema como el artículo 41 fracción I “Registrar en el Informe
Penal mexicano Policial Homologado los datos de las actividades e
El sistema de seguridad pública mexicano ha investigaciones que realice” (Congreso de la Unión,
registrado una constante dinámica de cambio; en 2009, p. 23). Los artículos antes citados obligan a
las últimas dos décadas ha presentado su mayor documentar su actuar, lo cual representa la aparición
actividad, que se observa principalmente en el de los formatos del informe policial homologado.
surgimiento de reformas al marco jurídico, que se ha Se identificó también la necesidad de hacer
justificado con la intención de contener o minimizar la reformas en el sistema penal, porque se fue agravando
inseguridad. En 1995, el artículo 22 de la ley general una serie de problemáticas, como la sobrepoblación
que estableció las bases de coordinación del sistema penitenciaria, la nula reparación del daño de las
nacional de seguridad pública, estipuló la forma de víctimas, los obsoletos procedimientos en la policía
actuar y la formación de los integrantes del sistema, preventiva e investigadora, ministerios públicos y
entre ellos, los policías (Congreso de la Unión, 1995). jueces, las violaciones a los derechos humanos, entre
Esta ley se encuentra derogada. otros, lo que justificó y motivó el diseño del denominado
En 2009 nace la Ley General del Sistema Nacional Nuevo Sistema Penal Acusatorio Adversarial.
de Seguridad Pública, publicada en el Diario Oficial de El Código Nacional de Procedimientos Penales
la Federación el 2 de enero, cuyo artículo 40 expresa menciona en la fracción XIV de su artículo 132 las
las obligaciones de los integrantes del sistema de obligaciones del policía, de las cuales destaca la
seguridad pública, mencionando en la fracción XIX redacción y registro del actuar de su intervención en
“Inscribir las detenciones en el Registro Administrativo un documento oficial denominado informe policial
Tequio, septiembre-diciembre 2020, vol. 4, no. 10